fbpx
672 143 011 info@serpresur.com

En Serpresur somos especialistas con un amplio recorrido en materia de Prevención de riesgos laborales. Es por esto que sabemos la importancia que tiene cumplimentar correctamente los registros obligatorios de prl en la empresa.

Es muy común encontrarse con empresas que aún haciendo prevención, no registran lo que está aconteciendo en su empresa. Eso puede traer problemas futuros de cara a posibles inspecciones de trabajo, así como de cara a futuros accidentes laborales o enfermedades profesionales.

A lo largo de nuestra trayectoria, nos hemos encontrado con muchos casos en los que técnicos de prevención de riesgos laborales de servicios de prevención propios entregaban equipos de protección individual a los empleados y no dejaban registro de ello o casos en los que servicios de mantenimiento interno o externo hacían el mantenimiento preventivo de alguna máquina sin dejar constancia de ello. Y, posteriormente. cuando han necesitado estos registros se han visto en problemas.

En Serpresur llevamos más de veinte años asesorando a empresas a cumplir con estos registros obligatorios de PRL en la provincia de Sevilla. Por este motivo, queremos ayudaros a que en vuestra empresa estas situaciones no se den y llevéis todos vuestros registros de prevención de riesgos laborales al día.

A continuación, procedemos a explicarle cada uno de los registros en materia de Prevención de riesgos laborales. Cumplimentar registros de empresa es una tarea obligatoria tanto por el empresario como por los trabajadores. Dichos registros están disponibles en el apartado de NOTICIAS de nuestro “Área clientes”, que puedes encontrar en el menú principal de nuestra web.

Si no eres cliente de Serpresur, aunque no puedas acceder a estos registros, sí te servirá la enumeración y explicación de los mismos para que puedas integrarlos en tu empresa. Si necesitas mas información, puedes ponerte en contacto con nosotros o solicitarnos un presupuesto sin compromiso pulsando aquí.

Prevención de riesgos laborales. Cumplimentar registros de empresa

Prevención de riesgos laborales. Cumplimentar registros de empresa

REGISTROS A CUMPLIMENTAR POR LOS TRABAJADORES

1.- Registro de Formación a los trabajadores en materia preventiva sobre los Riesgos Laborales y medidas preventivas de su puesto de trabajo: 

Artículo 19 Formación de los trabajadores de la Ley de prevención de Riesgos Laborales

«1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo…..»

Por todo ello, debe reciclar la formación del personal con carácter anual, bajo criterio técnico recomendado de SERPRESUR, S.A., así como en el momento de la contratación para trabajadores de nuevo ingreso.

Contacte con su Técnico de PRL para la gestión de dicha formación.

2.- Registro de entrega de Información trabajadores sobre Riesgos Laborales y medidas preventivas de su puesto de trabajo: 

Artículo 18 Información, consulta y participación de los trabajadores de la Ley de prevención de Riesgos Laborales

» 1. A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:

  1. a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
  2. b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
  3. c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.

En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos…..»

Tras muchas inspecciones de trabajo, hemos llegado a la conclusión de que para poder llevar a cabo una correcta gestión de la PRL por parte del empresario y además poder demostrarlo, éste debe hacer llegar a sus trabajadores información sobre su puesto de trabajo, así como pautas concretas y exactas de los procedimientos internos.

NOMBRE DE REGISTRO EN ÁREA WEB: TRANSMISIÓN INFORMACIÓN ART 18 LPRL.

3.- Registro de entrega de Equipos de protección individual (EPI):

Artículo 17 Equipos de trabajo y medios de protección de la Ley de prevención de Riesgos Laborales

«El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios.

Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.»

Recalcarle que la periodicidad de dicha entrega no está establecida como tal, tan solo hay que registrar la entrega de cada EPI en el momento en el que este hecho se produzca; no obstante le recomendamos que, con carácter anual o bien en la contratación de trabajadores, deje registro documental de que se han entregado los EPIS necesarios.

Si se producen cambios en los puestos de trabajo que entrañen ampliaciones o modificaciones de los EPIs a aplicar deberá renovar dicho registro y adaptarlo a la situación real del trabajador. Especial mención a uso de nuevos equipos de trabajo o productos químicos entre otros.

NOMBRE DE REGISTRO EN ÁREA WEB: JUSTIFICANTE DE ENTREGA DE EPIS, que podrá cumplimentar con los EPIS específicos que facilite a sus trabajadores en función de las tareas, Ficha de Datos de Seguridad de productos químicos y manual de instrucciones de los equipos de trabajo. Además le informamos, que deberá guardar las fichas técnicas de los EPIs entregados ya que éstas pueden ser solicitadas por Inspección de Trabajo.

Prevención de riesgos laborales. Cumplimentar registros de empresa

4.- Registro de Vigilancia salud: 

Artículo 22 Vigilancia de la salud de la Ley de prevención de Riesgos Laborales

«1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo…….»

Todo el personal de su empresa debe tener al día la vigilancia de la salud. Para gestionar dicho tema debéis poneros en contacto con nuestros compañeros de gestión de citas llamando al 955865481 o solicitándolo mediante el email citareconocimiento@serpresur.com

En el caso que algún trabajador renunciara a ello voluntariamente (siempre que sea legalmente posible), este hecho deberá quedar documentado por escrito mediante renuncia expresa y escrita con vigencia anual. Nos deberá enviar una copia para su validación por el Dpto. de Vigilancia de la Salud.

NOMBRE DE REGISTRO EN ÁREA WEB:  “VIGILANCIA SALUD OBLIGATORIA” y “VIGILANCIA SALUD ACEPTACIÓN/NO ACEPTACIÓN.

5.- Registros varios:

Hay que tener documentado por escrito todo lo que gestionemos en materia de PRL, por si nos hiciera falta en alguna ocasión tener que demostrar la implantación de PRL en la empresa; para ello dispone además de los siguientes registros en nuestro Área web, para a cumplimentar cuando corresponda:

ACTA DE NOMBRAMIENTO TRABAJADOR DESIGNADO COMO RECURSO PREVENTIVO

AUTORIZACIÓN DE USO DE MAQUINARIA

TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DE LOS RIESGOS DE LA OBRA

TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN PAUTAS DE EMERGENCIA

TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN PRODUCTOS QUÍMICOS.

REGISTROS NECESARIOS PARA LA EVALUACION DE RIESGOS A CUMPLIMENTAR POR LA EMPRESA 

La empresa deberá rellenar  y mantener actualizados los siguientes registros. Una vez cumplimentados, nos debe hacer llegar una copia para su inclusión en la documentación técnica y evaluación de riesgos asociados.

RELACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO. 

RELACIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS.

Además, deberá solicitar a los proveedores, las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) de dichos productos, que se pondrán a disposición de los trabajadores. Prevención de riesgos laborales. Cumplimentar registros Prevención de riesgos laborales. Cumplimentar registrosPrevención de riesgos laborales. Cumplimentar registrosPrevención de riesgos laborales. Cumplimentar registrosPrevención de riesgos laborales. Cumplimentar registrosPrevención de riesgos laborales. Cumplimentar registros

Todos los aspectos mencionados son de vital importancia, ya que como bien sabe el empresario en caso de inspección de trabajo, accidente laboral o por cualquier causa que lo necesite debe poder documentar la correcta gestión de PRL por su parte y el cumplimiento legal de la ley. Además han sido catalogados como faltas graves según inspección de trabajo en diversos casos.
Por último indicarle que se trata de documentación interna de la empresa, nosotros como Servicio de Prevención Ajeno sólo requerimos que nos haga llegar los siguientes documentos:

RELACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO actualizada.

RELACIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS actualizada y sus Fichas de Datos de Seguridad.

VIGILANCIA SALUD ACEPTACIÓN/NO ACEPTACIÓN.

Contacta con nosotros

Si deseas conocer e informarte más acerca de cómo cumplimentar registros de PRL, ponte en contacto con Serpresur. Puedes hacerlo a través de nuestra web o directamente por correo. También puedes encontrarnos por Facebooktwitter  y LinkedIn para mantenerte al día con las actualizaciones.

 

Share This
Abrir chat
¿Necesitas ayuda?
¡Hola! ¿Cómo puedo ayudarte? No dudes en preguntarnos cualquier duda.