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Alcalde condenado por un accidente laboral por electrocución

Accidente laboral

La Audiencia Provincial de Palencia ha ratificado una sentencia por el Juzgado de lo Penal

Esta condena al alcalde Jesús Salvador Herrero Vega de San Mamés de Palencia a 3 meses de prisión y 540 euros por un delito. El cual es contra los derechos de los trabajadores tras un accidente laboral por electrocución ocurrido en 2012. Un trabajador resultó lesionado después de que se precipitara una plataforma móvil elevadora. Esta había sido alquilada sin conductor para pintar la fachada de la iglesia. Una tarea que realizó la víctima contratada como peón limpiador. Este estaba a tiempo parcial y con jornada semanal de 12 horas con una antigüedad de 16 días.

La sentencia de instancia establecía lo siguiente. El acusado debía indemnizar al trabajador con 8.453,88 euros por las lesiones y secuelas sufridas, el 40% de la cantidad que la magistrada estimó que la víctima «contribuyó causalmente» en el accidente.

La confirmación de sentencia firme se ha determinado al no prosperar el recurso de apelación interpuesto por el acusado y el Ayuntamiento. La magistrada consideró que el acusado, en cuanto alcalde que contrató al trabajador para realizar diversas tareas y en concreto la de ese día, tenía funciones de mando de hecho y le correspondían funciones en materia de seguridad, «estando obligado legal y normativamente a facilitar y exigir al trabajador el cumplimiento de las prevenciones de riesgos laborales, a informarle y formarle de los riesgos concretos» y, sobre todo, estaba obligado a «controlar y vigilar» que la plataforma se colocara en terreno idóneo y adecuado, y que la usara de modo debido tanto en lo relativo a no cargar y descargar materiales, como en lo relativo a la forma de bajar la estructura extensible, argumentos ratificados ahora por la Audiencia Provincial.

 

El acusado no se aseguró de si el trabajador cumplía las instrucciones

La magistrada del Juzgado de lo Penal subrayaba en su sentencia que el acusado «de manera negligente» no se cercioró de si el trabajador cumplía las instrucciones de uso ni leyó el manual de instrucciones para conocer el uso debido y los riesgos. De haberlo hecho, «no hubiera permitido la colocación de la plataforma en el lugar, ni la carga-descarga de tejas de modo que se hubiera evitado el accidente al que contribuyó el propio trabajador que decidió la colocación de la plataforma en el suelo irregular e inclinado y uso indebidamente en oblicuo la estructura extensible, no habiendo leído el manual de instrucciones».

La Audiencia Provincial subraya además que «no existiendo en el Ayuntamiento otra persona encargada de las obras y de la seguridad en las mismas, es evidente que corresponde al alcalde tal cometido».
Fuente: Diario Palentino

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