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Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) ¿Sirve para algo?

Escrito por Jose Muñoz.

19 octubre, 2022

Bienvenidos un día más a este blog de prevención de riesgos laborales en el que hoy queremos responder a un comentario que nos hizo una de las seguidoras de nuestro canal de YouTube. Se llama Andrea y nos escribió. «Buenas. Muy interesante este vídeo. Me gusta como explican las cosas, lo más sencilla y posible y el detalle. Podrías hacernos un vídeo sobre la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE), cosas típicas que se dan, experiencias suyas, consejos, etc.»

Así que si  te interesa saber que respondimos a este comentario sobre Coordinación de Actividades Empresariales, sigue leyendo abajo.

Chat GPT herramienta para prevención de riesgos laborales

Hoy vamos a hablar sobre la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE). Así que si te interesa este tema, quédate.

Cuando hablamos de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE), lo primero que deberíamos de hacer es contextualizar todo. ¿Por qué nace? Y ¿Qué objetivo tiene la CAE?. Para ello nos tenemos que remontar al 2003/2004, aunque esto de la CAE se venía cociendo desde un poco antes. En España, vivíamos el boom de la construcción, se subcontrataba mucho y eso originaba multitud de accidentes en las empresas. ¿Qué pasaba? Pues que había un empresario titular del centro que contrataba a otro, más tarde, este otro volvía a subcontratar a otro empresario más, que a su vez una vez más, volvía a subcontratar a otro empresario. Finalmente el último empresario subcontratado, resultaba ser una empresa de dudosa legalidad con trabajadores sin dar de alta y con ninguna cultura preventiva en su empresa y este era el que se accidentaba en el centro de trabajo.

Después del accidente, cuando se hablaba con el empresario principal del centro, este, no tenía constancia de que esa persona estaba ahí, él pensaba que sólo había una subcontrata en el centro y que el resto de los trabajadores de las empresas subcontratadas eran trabajadores de la primera contrata. El problema  era que conforme se iba bajando esta escalera de subcontrataciones, las empresas cada vez eran menos legales, cada vez cumplían menos con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y al final cuando llegábamos al último escalón en esta escalera de subcontrataciones, nos encontrábamos con una empresa (por llamarlo de alguna manera) que carecía de un plan de prevención de riesgos laborales PRL. Pues bien, este era un problema que teníamos en España y esto había que solucionarlo.

Al final, con la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se empieza a ver que se puede hacer y con la llegada del Real Decreto 171/2004 se intenta dar solución a esta situación, mucho ha pasado ya desde que este Real Decreto entró en vigor y desde que se empezó a implementar la empresa.

En sus inicios, y hablamos con conocimiento de causa porque nosotros lo hemos vivido en nuestra empresa. Llegaban empresarios de micropymes desesperados, comentándonos que necesitaban contratar urgentemente nuestros servicios de Prevención de Riesgos Laborales en Sevilla para que le realizáramos toda la documentación relativa a la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) porque sí no los entregaban al contratista, no les abonarían los trabajos ya realizados. Es decir, no se usaba el RD171/2004 para hacer Prevención de riesgos laborales en la empresa, sino que en su lugar se usaba para demorar los pagos. Los dejaban trabajar sin problemas incumpliendo el RD171/2004 y finalmente a la hora de hacer frente a los pagos de los trabajos realizados, venían con la excusa de hasta que no me presentes los documentos de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE), no te abonamos la factura. Esto ya ha quedado afortunadamente atrás gracias a Dios. Pero sin embargo, hacer Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) y que se quede sólo en traspaso de documentación que nadie se lee o donde no se realice un buen trabajo de campo posterior, no ha quedado tan atrás.

 

Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) escúchalo en nuestro Podcast.

En nuestra opinión, hay situaciones que se siguen dando, como por ejemplo, empresas que no tienen ni idea de que es la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) o no tienen ni idea de para qué sirve. Lo único que saben es que tienen que entregar una serie de documentación de prevención de riesgos laborales porque se lo está pidiendo alguien para entrar a trabajar en su empresa. Esto es un grave error, porque de ser esto así, decidme ustedes ¿para qué pensáis que sirve entonces el RD 171/2004? Si esto sigue siendo así, entonces el RD171/2004 no está sirviendo para hacer prevención de riesgos laborales en la empresa. Estas empresas lo único que están haciendo es tener plan de prevención de riesgos laborales en el que evalúan sus puestos de trabajo junto con otra multitud de documentos. Vale, pero, ¿y qué más? Si no hay una empresa involucrada con cultura preventiva que sepa para qué sirven los documentos generados y cómo aplicarlos, pues no sirve para nada. Eso del lado del empresario concurrente. Por otro lado, si estamos del lado de la empresa titular (la empresa que está contratando empresas que va a venir a su centro de trabajo), pues también pasa lo mismo.

Coordinación de Actividades Empresariales

Muchas veces, como la gran mayoría de las empresas ven esto de la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) como un engorro, empiezan a tirar balones fuera (contratando los servicios con personal externo o entidades externas). No decimos que no esté bien, porque la verdad es que sinceramente hay empresas que hacen muy buen trabajo y han desarrollado unas plataformas web de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) que están muy bien y facilitan mucho el trabajo. Pero las personas que están ahí detrás de esas plataformas, tienen que saber de qué se está hablando, además de conocer cuales son las necesidades de cada empresa.

No hay que olvidar que aquí se están valorando riesgos de centros de trabajo y riesgos de puestos de trabajo, que se van a ejecutar en esos centros y ello puede derivar en situaciones de actividades simultáneas y/o sucesivas que al sumarse pueden resultar en nuevos riesgos o agravar los ya existentes. Esto tiene que ser conocido por la empresa principal y por las empresas concurrentes. Ese es el principal problema que vemos en la actualidad en la realidad de las empresas. Pensamos que en muchos casos ha quedado todo, como siempre suele pasar en el ámbito de la prevención de riesgos laborales en la empresa, en una lluvia de papeles y un intercambio de documentación que no lleva a nada.

«

Hay situaciones que se siguen dando, como por ejemplo, empresas que no tienen ni idea de que es la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) o no tienen ni idea de para qué sirve.

2. Respuesta a preguntas de los empleados.

Las empresas principales, empiezan a pedir que si ITA, que si el certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, que si el justificante de pago del seguro del vehículo que entrará en las instalaciones y su ITV en vigor, justificante del pago de la cuota de autónomo,  las evaluaciones de riesgo, la información, la formación, el certificado de aptitud médica, un montón de papeles para finalmente acceder a la empresa y ver que todo ha quedado en papel mojado, porque se hace evidente que los trabajadores no han recibido información alguna de los riesgos que le afectan, debido a la concurrencia de actividades o del mismo modo, se hace evidente la deficiente planificación de los trabajos y la escasa comunicación entre todas las empresas que en ese centro se dan lugar. Es en ese momento cuando nos preguntamos ¿Estas empresas que están aquí dentro saben los riesgos que tienen unos y otros? ¿Están informados de que van a estar trabajando junto a otras empresas y que la suma de sus riesgos pueden hacer que afloren nuevos riesgos? ¿Están contemplados estos nuevos riesgos en sus evaluaciones? . Ese es el gran problema, ¿Se hace este trabajo?.

Nos encontramos con muchas empresas en las que a la hora de acceder, vemos que están haciendo las cosas correctamente. Otras empresas, en las que vemos que están pidiendo mucha documentación, pero ellos por contra, no entregan nada. Finalmente hay otras empresas en las que vemos que piden mucha documentación, ellos a su vez también entregan también documentación a las subcontratas, pero cuando accedes a las instalaciones, puedes ver como no se hace nada de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) y se hace poco de prevención de riesgos laborales en la empresa, una vez más «ha quedado todo en puro papeleo».

A esto hay que añadir otro problema. Hay trabajadores que trabajan validando documentación para las plataformas CAE que tienen pocos conocimientos de prevención de riesgos laborales PRL y a los que a veces les cuesta trabajo saber que es lo que están solicitando, o distinguir entre un documento válido o no. Hay veces que incluso tienes que guiarlo y decirle «pero vamos a ver, si es que ya te he aportado el documento que me solicitas ¿por qué lo rechazas otra vez?». Al final terminamos descolgando el teléfono y llamando a la persona de turno para que desbloquee la situación. Esto en ocasiones tampoco es tarea fácil ya que a veces resulta difícil contactar con la persona en cuestión.

3. Conclusiones sobre la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE).

Hemos avanzado, pero nos queda mucho camino por delante y mucho me temo, que esto se ha convertido en lo que se suelen convertir muchos aspectos de la prevención de riesgos laborales PRL, papeles, papeles y mas papeles, que antes quedaban impresos en un cajón y ahora quedan registrados en una plataforma CAE. Muchos documentos almacenados pero poco trabajo de campo cuando debería ser lo realmente importante.

Por último terminaremos con una serie de preguntas que debes hacerte si trabajas involucrado en la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) de alguna empresa y consideramos que te puede venir bien.

 

CAE

Primero de todo os adjuntamos el enlace al Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Una vez lo veas hazte esta pregunta. ¿Cómo se organizan los medios de coordinación en tu empresa?. ¿Son idóneos siguiendo el RD171/2004?. ¿Se comunica la información entre las empresas?. ¿Las empresas conocen los riesgos que se dan en las instalaciones y los riesgos que les pueden afectar por actividades simultáneas o sucesivas?. ¿Si aparecen riesgos nuevos, se comunican a las empresas concurrentes o simplemente se manda la documentación al inicio de los trabajos y posteriormente cesan las comunicaciones?. ¿Los empresarios concurrentes comunican los riesgos a sus trabajadores?. ¿Se revisa el contenido de las evaluaciones de las empresas concurrentes viendo que estén detectados y evaluados los riesgos que se pueden dar en los trabajos a realizar?. ¿Se revisa el contenido de la formación e información?. ¿Se revisa el contenido de los certificados de aptitud aportados por las empresas concurrentes?. ¿Se incluyen los protocolos que se tienen que incluir en esos certificados de aptitud?. ¿Se hace trabajo de campo inspeccionando in situ los trabajos que se están realizando?.

 

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